DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

OBJETIVO GENERAL
Fortalecer el capital humano de la Defensoría del Pueblo, a través de la planificación, desarrollo y coordinación de actividades capaces de promover el desempeño eficaz y eficiente del personal, orientando hacia una gestión trasparente, que apunte a la excelencia.

LÍNEA DE AUTORIDAD
Dirección General de Administración y Finanzas.



29 de ABRIL DE 2020

LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO IMPLEMENTA UN PROTOCOLO SANITARIO INTERNO PARA LA PREVENCIÓN DE LA EXPANSIÓN DEL CORONAVIRUS (COVID – 19)


La Defensoría del Pueblo estableció un protocolo sanitario interno para ser utilizado en todas sus sedes para la contención de la expansión del Coronavirus (COVID – 19) entre el plantel de servidores y la ciudadanía de acuerdo a los Instructivos y Protocolos dictados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

De esta manera, se posibilita la coordinación e información de acciones estandarizadas entre todos los niveles de dependencias de la Defensoría del Pueblo, detallando las condiciones para el cuidado dentro del entorno laboral y para la atención a los ciudadanos.

Conforme a la Resolución DP – DGAF Nº 541/2020, se aplican las siguientes medidas indispensables:

MEDIDAS PREVENTIVAS DIRIGIDAS A RECURSOS HUMANOS.

- Es obligatorio y responsabilidad de cada funcionario/a observar las medidas de higiene personal: lavado de manos frecuente con agua y jabón y, en ausencia de estos, con solución desinfectante a base de alcohol de un grado de, al menos, 70% principalmente antes y después de tocar el reloj marcador biométrico, manipular fichas, documentos, expedientes.
- Al toser y/o estornudar, cubrir la boca y nariz con la cara interna del codo o con un pañuelo desechable.
- Evitar contacto estrecho, practicar el distanciamiento físico recomendado por el MSPyBS.
- Se exhorta al uso de mascarillas de forma permanente dentro de las sedes y dentro de los vehículos institucionales.
- El uso de guantes no está dentro de los elementos de bioseguridad, conforme al PROTOCOLO de Promoción de la Salud, Prevención y Protección para Entornos Laborales ante la Pandemia de COVID-19 elaborado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
- Las mascarillas utilizadas deben cubrir la nariz y boca. No debe manipularse durante su uso.
- Identificar dentro del entorno laboral al personal en situación de riesgo: adultos mayores, trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia y personas con enfermedades crónicas a fin de promover el aislamiento preventivo.
- Los Directores Generales deben identificar las funciones a su cargo que, por su grado de exposición o atención al público, sean más riesgosas, extremando en estos casos las medidas de prevención y protección.
- Los Directores Generales deben identificar las tareas o funciones a su cargo que sean susceptibles de flexibilizarse para ser realizadas mediante el trabajo a distancia.
- En caso de que el trabajo no pueda ser realizado a distancia, los responsables de cada dependencia, bajo la coordinación de sus Direcciones Generales, deben organizar turnos rotatorios para que cumplan con sus funciones disminuyendo el volumen de personas en las oficinas.

MEDIDAS DE HIGIENE DEL ENTORNO LABORAL.

- Asegurar la buena ventilación del entorno laboral.
- Es obligatorio que todo funcionario proceda a la desinfección, con soluciones de hipoclorito de sodio (lavandina) al 0,5% o de alcohol al 70% de su espacio de trabajo (escritorios, mesas, teléfonos, teclado)
- El obligatorio para el personal de limpieza la atención permanente del aseo y la desinfección de las áreas de atención al público y en las oficinas en donde los funcionarios realicen tareas.
- El personal de limpieza debe fortalecer el aseo y desinfección de los sanitarios, con revisiones de forma periódica durante la jornada laboral.

MEDIDAS SOBRE LA ORGANIZACIÓN

- La disposición de los puestos de trabajos, la circulación de personas, la distribución de espacios, la organización de turnos y el resto de las condiciones de trabajo diario deben modificarse, en la medida necesaria, con el objetivo de garantizar el distanciamiento físico exigido por el MSPyBS y la OMS.

MEDIDAS PREVENTIVAS DIRIGIDAS A LA ATENCIÓN AL PÚBLICO.

- Para el ingreso del público en general, es obligatorio el uso de tapabocas y el lavado de manos.
- No podrán ingresar a la institución aquellas personas que componen el grupo de riesgo: adultos mayores de 60 añños, mujeres en estado de gravidez y en periodo de lactancia, niños y personas que presenten síntomas de cuadros respiratorios como fiebre o tos.

- TRÁMITES RELACIONADOS A SOLICITUD DE INDEMNIZACIÓN A VÍCTIMAS DE LA DICTADURA 1954-1989

a) La Dirección General de Gabinete y sus dependencias recibirán una cantidad máxima de 20 (veinte) personas por día. Los turnos serán entregados en la recepción, por orden de llegada.
b) El ingreso a la antesala de la Dirección General de Gabinete será de una cantidad máxima de 10 (diez) personas por vez.
c) Para la atención a comitivas y organizaciones de víctimas, se dará atención a una cantidad máxima de 2 (dos) representantes previo agendamiento de turno a través de los canales habilitados y comunicados por la Dirección General de Gabinete.
d) Para consultas sobre estado de expedientes, se recomienda evacuar las mismas a través de los canales alternativos habilitados y comunicados por la Dirección General de Gabinete.

- TRÁMITES RELACIONADOS A SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE OBJECIÓN DE CONCIENCIA AL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO.-

a) El ingreso a la Dirección General de Objeción de Conciencia de una cantidad máxima de 5 (cinco) personas por turno.
b) Queda establecidos los días MARTES Y VIERNES como habilitados para el retiro del carnet definitivo de Declaración de Objeción de Conciencia al S.M.O.
c) SOLICITUD DE OBJECIÓN Y REMISIÓN DE INFORME DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO DEL SERVICIO CIVIL SUSTITUTIVO, REMISIÓN DE COMPROBANTES DE PAGO DE LA CONTRIBUCIÓN DISPUESTA EN EL ART. 21 LEY 4013/10: a través de los medios en línea, desde la página web institucional www.defensoriadelpueblo.gov.py. Los trámites estarán sujetos a la verificación física
d) SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE INSOLVENCIA conforme al ART. 21 de la Ley Nº 4013/10: desde la página web institucional www.defensoriadelpueblo.gov.py. Los trámites estarán sujetos a la verificación física.
e) DOCUMENTACIÓN PROBATORIA DE EXCENTOS DE CUMPLIMIENTO (CERTIFICADO DE SALUD, DISCAPACIDAD, FUNCIÓN SOCIAL): desde la página web institucional www.defensoriadelpueblo.gov.py. Los trámites estarán sujetos a la verificación física.
f) La declaración definitiva de ser Objetor de Conciencia al SMO, en todas las modalidades solicitadas vía web, estarán sujetas a la recepción y comprobación de los documentos originales por la Dirección General de Operaciones.
g) Para consultas sobre requisitos legales: página web institucional, obje_conciencia@defensoriadelpueblo.gov.py. Teléfono: (021)491204
h) Cuenta Bancaria para Depósitos: para pago de la CONTRIBUCIÓN, establecida por la Ley Nº 4013/10, Art. 21: Cuenta Corriente: 948127/0
Denominación: Tesoro Público – Defensoría del Pueblo.
Banco: Banco Nacional de Fomento.

- TRÁMITES RELACIONADOS A ASISTENCIA CIUDADANA Y ASESORAMIENTOS – DIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES

a) Para asesoramiento legal, se permitirá la presencia de una sola persona, la misma no debe estar incidida dentro del rango de personas en grupo de riesgo.
b) Para la atención de comitivas, asociaciones, organizaciones y otras nucleaciones, se ruega la designación de, como máximo, 2 (dos) representantes, quienes podrán asistir previo agendamiento de turno a través de los canales habilitados y comunicados por la Dirección General de Operaciones.
c) Para consultas sobre estado de expedientes, se recomienda evacuar las mismas a través de los canales alternativos habilitados y comunicados por la Dirección General de Operaciones o por el/la funcionario/a a cargo.

ACCIONES FRENTE A UN POSIBLE CASO DE COVID-19 U OTROS CASOS RESPIRATORIOS:

- Los funcionarios con cuadros respiratorios comprobados en consulta clínica, que tengan reposo médico, debe avisar vía telefónica, dentro de las 24 horas, a su jefe inmediato y estos, a la Dirección de Gestión del Talento Humano, debiendo presentar su certificado al cumplir con el plazo establecido en el mismo.
- Ante personas y/o funcionarios con caso sospechoso de Coronavirus, recomendar el lavado de manos, el uso de mascarillas y el distanciamiento físico. Instar al mismo a retornar a su domicilio y reportar el caso al 154.
- Intensificar la limpieza y desinfección del entorno.
- Si el caso sospechoso es un trabajador, realizar seguimiento diario y reportar el proceso al 154.
- Incentivar la desestigmatización de la enfermedad y promover la solidaridad con los afectados.

ACCIONES FRENTE A UN CASO CONFIRMADO DE COVID – 19.

- Intensificar la limpieza y desinfección del entorno laboral.
- Identificar a los posibles contactos estrechos del caso confirmado dentro del entorno laboral, ya sea funcionarios o recurrentes a quienes haya prestado atención.
- Contactos estrechos: personas que hayan estado a una distancia de menos de 2 (dos) metros y por más de 2 (dos) minutos, sin equipo de protección individual en los últimos 14 (catorce) días)
- Incentivar la desestigmatización de la enfermedad y promover la solidaridad con los afectados.

(Fuente: Dirección de Gestión del Talento Humano)


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