El Tribunal de Sentencia conformado por los jueces: Fabián Escobar, Carlos Hermosilla y Juan Pablo Mendoza, dio a conocer su veredicto final en la causa seguida contra los expolicías de la dictadura militar del Gral. Alfredo Stroessner, Eusebio Torres, Fortunato Laspina y Manuel Alcaráz, quienes fueron condenados por la comisión de hechos de tortura y graves violaciones a los derechos humanos.
Las condenas impuestas alcanzaron 25 años de pena privativa de libertad para Laspina y Torres, mientras que para Alcaraz, la condena fue de 20 años de pena privativa de libertad, en el marco de un proceso judicial que abordó crímenes cometidos durante uno de los períodos más oscuros de la historia del Paraguay, caracterizado por la represión sistemática, la persecución política y la desaparición de personas.
En la presente causa el Tribunal de Sentencia, al expresar los fundamentos de la resolución hizo énfasis en las pruebas documentales ofrecidas por la Defensoría del Pueblo, referentes a la indemnización al señor Domingo Guzmán Rolón Centurión -fallecido en el 2024- por los hechos de tortura en los cuales ha sido víctima por parte del Estado Paraguayo.
También fue utilizado en el informe final de la Comisión de Verdad y Justicia y que en un análisis armónico dentro de las reglas de la sana crítica con las demás pruebas ofrecidas, ha sostenido con certeza la existencia del hecho y la participación de los condenados.
Este fallo constituye un avance significativo en el camino de la memoria, la verdad y la justicia, y reafirma nuestro compromiso institucional con el acompañamiento a las víctimas y la defensa irrestricta de los derechos humanos.
La vigencia de la justicia, aun después de décadas, representa una señal clara de que estos crímenes no deben repetirse nunca más.
La Defensoría del Pueblo ratifica su compromiso con la justicia transicional en la búsqueda permanente de la Memoria, la Verdad, la Justicia, la Reparación y las Garantías de no Repetición, en seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones contenidas en el informe final de la CVJ.
